¿Qué podemos considerar delito informatico?
18012010
¿Qué podemos considerar delito informatico?
¿Qué se considera delito Informático?
* Ataques que se producen contra el derecho a la intimidad.
o Delito de descubrimiento y revelación de secretos mediante el apoderamiento y difusión de datos reservados registrados en ficheros o soportes informáticos. (Artículos del 197 al 201 del Código Penal)
* Infracciones a la Propiedad Intelectual a través de la protección de los derechos de autor.
o Especialmente la copia y distribución no autorizada de programas de ordenador y tenencia de medios para suprimir los dispositivos utilizados para proteger dichos programas. (Artículos 270 y otros del Código Penal)
* Falsedades.
o Concepto de documento como todo soporte material que exprese o incorpore datos.Extensión de la falsificación de moneda a las tarjetas de débito y crédito.Fabricación o tenencia de programas de ordenador para la comisión de delitos de falsedad.(Artículos 386 y ss. del Código Penal)
* Sabotajes informáticos.
o Delito de daños mediante la destrucción o alteración de datos, programas o documentos electrónicos contenidos en redes o sistemas informáticos. (Artículo 264 y otros del Código Penal)
* Fraudes informáticos.
o Delitos de estafa a través de la manipulación de datos o programas para la obtención de un lucro ilícito. (Artículos 248 y ss. del Código Penal)
* Amenazas.
o Realizadas por cualquier medio de comunicación. (Artículos 169 y ss. del Código Penal)
* Calumnias e injurias.
o Cuando se propaguen por cualquier medio de eficacia semejante a la imprenta o la radiodifusión. (Artículos 205 y ss. del Código Penal)
* Pornografía infantil.
o Entre los delitos relativos a la prostitución al utilizar a menores o incapaces con fines exhibicionistas o pornográficos.
* La inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la prostitución de una persona menor de edad o incapaz. (art 187)
* La producción, venta, distribución, exhibición, por cualquier medio, de material pornográfico en en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido. (art 189)
* La facilitación de las conductas anteriores (El que facilitare la producción, venta, distribución, exhibición...). (art 189)
* La posesión de dicho material para la realización de dichas conductas.( art 189)
Legislación en relación con las telecomunicaciones:
* CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
o Artículo 149.1.- El Estado tiene la competencia exclusiva sobre:21ª "Régimen General de comunicaciones..., correos y telecomunicaciones, cable aéreos, submarinos y radiocomunicación.Las telecomunicaciones son servicios de interés general y se prestan en régimen de competencia".
o Artículo 51.- "Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
* CÓDIGO PENAL.
o (Art 255) Defraudación por valor superior a 300 euros, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajeno, por alguno de los medios siguientes:
+ 1.- Valiéndose de mecanismo instalados para realizar la defraudación.
+ 2.- Alterando maliciosamente las indicaciones o los aparatos contadores.
+ 3.- Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.
o (Art 256) Hacer uso de cualquier equipo terminal de telecomunicaciones, sin consentimiento de su titular, ocasionando a este un perjuicio superior a 300 euros.
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